Adapta tu Complemento Carta Porte tecnológicamente

Para efectos fiscales llegó la hora del Complemento Carta Porte, (CCP) un elemento conocido para quienes realizan trámites regulatorios vinculados a comunicaciones y transportes de carga pública federal. Así, el 1 de enero de 2022 entrará en vigor de manera obligatoria la emisión de este documento, que ha generado mucha incertidumbre pero que también traerá beneficios para el usuario.

La Carta Porte es un documento de carácter declarativo en la que se registran todos aquellos términos que definen un acuerdo. El derecho de transporte de mercancía y que es obligación de los permisionarios del servicio de autotransporte federal traerla porque ese documento con el que se puede comprobar la legal posesión, traslado o transporte de la mercancía que desde sus inicios ya sido impreso. En el 2012 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Transportes y Comunicaciones incorpora esta definición de un documento que debe acompañar al transporte de mercancías en el marco de lo que es la regulación de la factura electrónica que se incorporó al Código Fiscal de la Federación, la cual no hubo una mayor definición técnica para que se pudiera realmente hacer en ese momento un documento digital.

Hasta el 2015 la Secretaría de Comunicaciones y transportes emitió una circular en el que avala el formato digital para para ser utilizado en la Carta Porte con un Comprobante Fiscal Digital por Internet(CFDI) emitido por el SAT.

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Complemento Carta Porte

“Para el 2019, el Código Fiscal de la Federación a través de una Resolución Miscelánea Fiscal da la autorización de quitar como opción la del formato impreso para pasar al digital pero ahora se incluyen los sectores de transportación aérea, férrea, marítima y fluvial quienes además de la factura electrónica, hay una colección de complementos que agregan información de interés de control para las empresas, para la autoridad que se iba a definir un complemento de este tipo para ser agregado al CFDI.” mencionó Reyna López, Gerente de Producto de Aspel y especialista en Facturación Electrónica.

El primero de mayo 2021, el SAT publicó en su página este complemento el Complemento Carta Porte que salió del resultado del trabajo en conjunto entre de la SCT, la Secretaría de Marina y el SAT.  El Complemento entró en vigor el primero de junio de carácter opcional y que esa opcionalidad sería duraría 120 días naturales a partir de esa fecha, por lo tanto, en ese entonces se manejaba que a partir del 30 de septiembre de 2021 el uso de este complemento carta porte sería obligatorio que sería respaldado, reconocido y legal.

Sin embargo, la reacción de la industria específicamente los servicios de transportación por la novedad de lo impreso a lo digital, entonces es una complejidad diferente que implica recursos diferentes, se necesita el sistema, computadora y gente capacitada.

Ante esta situación el SAT mantuvo a lo largo de varias semanas mesas de trabajo con representantes del sector del transporte en sus diferentes modalidades.  la autoridad misma, reconoce que hay que hacer cambios para que se ajuste mejor a las necesidades de estas empresas de la industria y entonces se establece una prórroga para la entrada en vigor del complemento el primero de diciembre para darles oportunidad a las empresas  tuvieran un proceso de adopción,  adaptación, de revisión de procesos y dando oportunidades, que si bien, “el primero de diciembre será requisito su emisión, ahí van a dar oportunidad  durante ese mes bueno, pero para el primero de enero del 2022 habría terminada ese período de adopción y ya sería el Complemento Carta Porte Digital esté sujeto a una revisión exhaustiva para su cumplimiento a cabalidad de los requisitos”, aseveró la gerente de producto Aspel.

 En principio, lo que la autoridad busca con esta nueva disposición es extender y hacer obligatoria la generación de los comprobantes de traslado y/o del complemento Carta Porte, para contar con un documento que acompañe en todo momento a los bienes que se trasladan de un lugar a otro, con los que se puede acreditar su estancia o tenencia legales. De manera adicional, también se pretende fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

 La generación de este comprobante puede significar un proceso complejo, sobre todo para las empresas que ofrecen servicios de transporte, ya que deben reunir información de fuentes externas a su organización, invirtiendo tiempo y esfuerzo, pues antes de cada viaje se debe emitir el CFDI de ingreso, señalar descripción de las mercancías, datos del vehículo, datos del operador, destino, el seguro que ampara este transporte, entre otros; además, hay que capacitar al conductor administrativamente hablando.

Principales características del Complemento son: ubicaciones, mercancías, vehículos y figuras de transporte.

Principales Retos de Operación:

  • Es el único complemento que el emisor del CFDI NO cuenta con toda la información que debe de incluir el documento.
  • Los transportistas solo tienen una TERCERA parte de la información que conforma el complemento, el resto se debe proporcionar, se lo debe de proporcionar su cliente.
  • Los clientes o contratistas deben proporcionar a los transportistas las características detalladas de los bienes a trasladar y el destino de los de los mismos; a su vez, los transportistas deberán adicionar en el complemento, información de los medios de transporte y de los operadores de los vehículos.
  • Para que las empresas puedan cumplir con esta nueva obligación a la vez de mantener los procesos operativos eficientes, es necesario poder automatizar el intercambio de información entre los involucrados
  • Los tiempos que ha definido la autoridad no han considerado las diferentes etapas de implementación que se requieren para la actualización de la funcionalidad de los sistemas.
  • En particular, la versión 2.0 se publicó el 26 de octubre y entrará en vigor el primero de enero. Dos meses no serán suficientes para que toda la industria del TI actualice lo correspondiente.

La generación del complemento Carta Porte puede representar un proceso laborioso que requiere de herramientas de cómputo para su mejor desarrollo -continúa Reyna López-. Con la aplicación de soluciones digitales, el procedimiento se hace mucho más amigable y disminuye la probabilidad de confusiones.

Ante este panorama, Aspel, la solución de desarrollo de software administrativo, ha adaptado los sistemas de facturación, en especial su sistema SAE 8.0 que incorpora una sección para poder integrar el complemento Carta Porte a las facturas, así como para emitir documentos de traslado con este complemento, manteniendo los estándares técnicos y administrativos que ha dado a conocer la autoridad.

“De esta forma, se eficientiza el proceso al poder incluir de forma sencilla el complemento Carta Porte en los documentos fiscales requeridos, proporcionando también funcionalidad para automatizar la lectura de la información de traslado que depende de terceros, facilitando el cumplimiento de esta nueva obligación”, finaliza López.

A partir de enero de 2022 la autoridad responsable podrá realizar una verificación aleatoria en punto de control, por lo que en caso de no tenerlo se implementarán repercusiones como infracciones o multas.

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