El artículo 123 de la Constitución Política, el reparto de utilidades es un derecho laboral que debe otorgarse a los colaboradores. Esta prestación corresponde a un porcentaje de las ganancias de una compañía por la actividad productiva que ofrece en el mercado.
Aquellos trabajadores que realizan un trabajo personal o subordinado —a favor de su empleador (persona física o moral)— y que perciben a cambio un salario tienen derecho a recibir un pago por concepto de participación en las utilidades de las empresas (PTU). No obstante, algunos colaboradores no participan en esta actividad fiscal, al igual que algunos negocios; los especialistas de Aspel, empresa mexicana absoluto en el mercado de software administrativo, nos explican quiénes son estos actores:
Colaboradores que NO participan en el PTU
- Aquellos colaboradores que desempeñan cargos de directores, gerentes generales y administradores.
- Los trabajadores del hogar.
- Empresas exceptuadas de la obligación de repartir PTU
- Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
- Empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
- Empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el periodo de exploración.
- Instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.
- El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficiencia.
- Empresas que tengan un capital mejor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía. La resolución podrá revisarse total o parcialmente, cuando existan circunstancias económicas importantes que lo justifiquen.
El reparto de utilidades corresponde a una disposición que obliga a los empleadores a otorgar, y que los colaboradores tienen derecho a recibir. En el contexto de las PyMEs mexicanas, el uso de las soluciones administrativas les facilita el cálculo adecuado de acuerdo a factores bien establecidos a nivel fiscal, ya que lo realizan en automático y se puede llevar un registro más detallado de las finanzas. Te recomendamos acercarte a tu contador o a un especialista fiscal para asesorarte en este y otros temas que impactan tu bolsillo.
RECOMENDAMOS Aspel se une a Grupo Siigo para apoyar a las MiPyMEs
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