De acuerdo a Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2005, en su Artículo 17, la afiliación a las Cámaras será un acto voluntario de los Comerciantes e Industriales, por lo cual no se puede obligar a ningún empresario, a continuación te indicamos algunos beneficios o exigencias que deberán otorgarte el integrarte a una Cámara: